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Requisitos y atribuciones para obtener el título de patrón de yate

Si te apasiona la navegación y sueñas con convertirte en un patrón de yate, debes saber que para obtener este título se requieren ciertos requisitos y atribuciones. En este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber para obtener el título de patrón de yate.

Dans cet article précédent, nous avons parlé de tous les titres qui existent pour les bateaux de plaisance.

¿Qué es el título de patrón de yate?

El título de patrón de yate es una certificación que acredita que su titular cuenta con los conocimientos y habilidades necesarios para gobernar una embarcación de recreo de hasta 24 metros de eslora, en navegaciones diurnas y nocturnas, hasta una distancia máxima de 150 millas náuticas de la costa.

El título es expedido por las autoridades marítimas y es un requisito imprescindible para poder gobernar una embarcación de recreo de gran tamaño.

Regulación del título de Patron de Yate

En España, el título de Patrón de Yate es regulado por la Dirección General de la Marina Mercante, que es un organismo dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En Europa, cada país tiene su propia autoridad reguladora para el título de Patrón de Yate. Sin embargo, existe un sistema de homologación entre los países miembros de la Unión Europea, lo que permite que los títulos expedidos en un país sean reconocidos en los demás países de la UE.

A nivel mundial, la Organización Marítima Internacional (OMI) es la entidad encargada de establecer las normas y estándares internacionales para la formación y certificación de los marinos, incluyendo a los patrones de yate. Además, la OMI es responsable de la seguridad marítima, la protección del medio ambiente marino y la regulación del comercio marítimo internacional.

Requisitos para obtener el título de patrón de yate

Para obtener el título de patrón de yate, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. Tener más de 18 años

Es imprescindible ser mayor de 18 años para poder obtener el título de patrón de yate.

2. Aprobar el examen teórico

El examen teórico es una prueba de conocimientos sobre navegación, seguridad, meteorología, comunicaciones y legislación marítima. Este examen es necesario para evaluar los conocimientos teóricos del aspirante a patrón de yate.

El examen consta de un mínimo de 45 preguntas y la nota mínima necesaria para aprobarlo es del 50% de la puntuación total.

3. Acreditar las prácticas de navegación

Es necesario realizar un mínimo de 48 horas de prácticas de navegación, distribuidas en al menos dos travesías. Durante las prácticas, el aspirante debe demostrar sus habilidades prácticas de navegación, maniobras y seguridad a bordo.

Las prácticas deben ser realizadas en una embarcación de recreo, y ser supervisadas por un patrón habilitado para la realización de estas prácticas.

4. Superar el reconocimiento médico

Es imprescindible superar un reconocimiento médico que acredite que el aspirante a patrón de yate se encuentra en condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el gobierno de una embarcación de recreo. Aquí tienes más información sobre los certificados médicos en naútica.

¿Cuáles son las Atribuciones del título de Patrón de yate?

Una vez obtenido el título de patrón de yate, su titular está habilitado para:

Barcos hasta 24 metros

El Patrón de Yate tiene la capacidad de gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora.

Distancia a la cosa de 150 millas náuticas

Esta habilidad le permite navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a una distancia de 150 millas náuticas.

Además, el titular del título también tiene atribuciones para el gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Es importante destacar que el Patrón de Yate debe estar capacitado para manejar cualquier tipo de embarcación de recreo a motor, independientemente de su tamaño o complejidad. Asimismo, debe conocer las normativas y regulaciones aplicables a la navegación en la zona donde se pretenda navegar.

Atribuciones Anejas para el Patrón de Yate

Las titulaciones náuticas de recreo permiten gobernar embarcaciones no comerciales. Las habilitaciones anejas a los títulos náuticos de recreo, aplicables a los poseedores de títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo, otorgan facultades adicionales en ciertas situaciones:

  1. Transport de fournitures: Los titulares pueden prestar servicios de transporte de suministros en aguas interiores marítimas y mar territorial español hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida, utilizando embarcaciones de recreo y motos náuticas, dirigidos a otras embarcaciones o buques de recreo.
  2. Maniobras en puertos y playas: Pueden realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos, marinas o playas. También se permite el traslado de embarcaciones a otro puerto o lugar, siempre que la navegación no supere las cinco millas náuticas de la costa.
  3. essais en mer: Están autorizados a realizar pruebas de mar en embarcaciones de recreo y motos náuticas.
  4. Gobierno de embarcaciones de socorrismo: Pueden gobernar embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.

Adicionalmente, los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate pueden patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, hasta una distancia máxima de cinco millas desde el punto de salida.

Las habilitaciones anejas facultan a los titulares para llevar a cabo estas actividades en embarcaciones de recreo que estén autorizados a gobernar, incluidas las matriculadas en lista 6ª, siempre respetando las condiciones de seguridad exigibles.

No se puede transportar un número de pasajeros o un volumen de carga mayor al diseñado para la embarcación, y en ningún caso, el número de pasajeros puede superar las 6 personas.

Además, pueden desarrollar actividades en motos náuticas, siempre que la distancia desde el punto de partida no supere las cinco millas, no se transporten más pasajeros que los indicados por el fabricante y la carga no supere los 50 kilos.

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